SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0311/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0311/2020-S3

Fecha: 24-Jul-2020

recurso de casación en la forma

Asimismo, sobre el recurso de casación en la forma, las accionadas señalan en cuanto a la incorrecta admisión de la acción reconvencional de reivindicación, que conforme alegan los recurrentes vulneraría la previsión del art. 80 de la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria -Ley 1715 de 18 de octubre de 1996-, puesto que, las pretensiones formuladas en la reconvención carecen de conexitud con la demanda principal; que de la revisión de actuados se debe precisar que, la demanda de nulidad de documento y la reconvencional por acción reivindicatoria, implican institutos jurídicos distintos, como acciones de diferentes causas y finalidades, toda vez que, la primera tiene como fin que una vez declarado nulo el documento las partes deben restituirse mutuamente lo que hubieran recibido, debiendo enmarcar el petitorio a lo establecido en el art. 547 del CC; y, la segunda es una acción de defensa de la propiedad cuando se ha perdido la posesión conforme el art. 1453 del CC; situación que el Juez no advirtió antes de admitir la referida demanda reconvencional, cuando debió conminar a la parte reconvencionista para que subsane o aclare su petitorio, sin perjuicio de darse aplicación al art. 114 del CPC, ello en conformidad del art. 80 de la Ley 1715, ya que no hay conexitud de causas, por no existir identidad en las mismas ni en el objeto, razones por las que, el Juez de instancia al tramitarlas como lo hizo incurrió en la vulneración del citado art. 80.