SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2020

Fecha: 24-Ago-2020

depósito bancario o boleta de garantía bancaria que garantice el importe de la sanción impuesta en la Resolución impugnada

En virtud a ello, resulta menester para este Tribunal, a los fines de garantizar los principios de unidad y coherencia normativa, declarar por conexitud la inconstitucionalidad del art. 41.VII del DS 2174, en la frase “…depósito bancario o boleta de garantía bancaria que garantice el importe de la sanción impuesta en la Resolución impugnada…”, pues el mismo, tiene indefectiblemente como antecedente procesal, la aplicación del parágrafo IV del mismo artículo, respecto del cual se estableció su inconstitucionalidad.

Finalmente, es preciso aclarar que con relación a la presunta inconstitucionalidad del art. 41.IV del DS 2174 respecto de los arts. 13.I, 109.I y 410 de la CPE; la parte accionante omitió explicar las razones por las cuales dichas normas constitucionales estarían siendo quebrantadas por el aludido precepto legal, por cuanto en la demanda se limitó a citar las referidas previsiones constitucionales sin concretar fundamentos jurídico-constitucionales que sustenten su postulación de inconstitucionalidad.