SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2020

Fecha: 24-Ago-2020

La jurígena

Según Riofrío Martínez-Villalba, la analogía tiene tres funciones en el derecho: La jurígena, que es la tradicional, por cuanto permite llenar los vacíos del ordenamiento legal: sirven de fuente en caso de insuficiencia de ley, costumbre o norma jurídica; la aclaratoria u orientadora de la labor de interpretación; y, la integradora del sistema jurídico, al dotar de sentido a las normas dudosas u oscuras, bajo la luz de las normas más claras[4]; el mismo autor, señala que, el uso de la analogía requiere de la verificación de que en uno y otro caso existe la misma razón jurídica, y que ello implica que deben analizarse los casos, las cosas, las leyes y sus fines; solo así se podrá determinar si ambos casos son semejantes[5]. En cada una de estas funciones, el argumento analógico se basa en el principio de igualdad que dispone que, se deben tratar igual los casos semejantes “es decir, los casos que son iguales en los aspectos que se estiman relevantes”[6].

Cuando se razona por analogía, el intérprete aplica una regla jurídica a un caso que como tal no cae dentro del alcance de esa regla pero que en los puntos principales dicho caso es semejante a aquellos en los que la regla resulta claramente aplicable; entonces, se tiene que, para proceder desde un caso al que la regla le es claramente aplicable a otro considerado semejante se va desde un principio jurídico más general, el cual se aplica posteriormente al caso no cubierto por la regla[7].