SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0290/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0290/2020-S1

Fecha: 10-Ago-2020

corresponde denegar la tutela respecto de esos derechos y principio.

Ahora bien, con respecto a la denuncia de vulneración de los derechos a la educación en su elemento de evaluación objetiva, se entiende que el accionante no ha interpuesto esta demanda en calidad de alumno de alguna institución y menos aún se está trastocando alguna posibilidad del mismo de estudiar, entonces, lo ahora puesto en tela de juicio no incide en ese derecho; tampoco en el del trabajo, pues no se advierte alguna situación en la que haya sido impedido de ejercer el mismo, menos aún el impetrante de tutela estableció cómo se hubiera afectado su dignidad humana y peor aún con respecto al principio del vivir bien; consiguientemente, corresponde denegar la tutela respecto de esos derechos y principio.