Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2020-S1
Fecha: 13-Ago-2020
II.1
II.1. Mediante memorándum de 31 de diciembre de 2016, consta el pase del Oscar Jaime Salinas Ortuño -ahora accionante- al servicio pasivo de jubilación, a partir de 1 de enero de 2017, a cuyo efecto deberá presentar las certificaciones de no tener cargos de cuenta pendientes en la DAF del Ejército, Dirección General de Bienes y Patrimonio del Ejército, Ministerio de Defensa y el certificado de Declaración Jurada de Bienes y Rentas extendido por la Contraloría General del Estado (fs. 46).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- I.2.3. Informe de los demandados
- I.2.4. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- i)
- derecho a la jubilación,
- las prestaciones de vejez
- deberá ser reconocido y otorgado en el momento que en derecho corresponda, en virtud del principio de oportunidad de la seguridad social de largo plazo;
- las restricciones deben encontrarse previstas en una ley
- el principio de proporcionalidad,
- principio de proporcionalidad
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1)
- CONFIRMAR
- iii)
- MAGISTRADA