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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2020-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2020-S1

    Fecha: 13-Ago-2020

    II.8.

    II.8.    En el informe enviado por Auditoría Interna del Ejército al Comandante General del Ejército, de 23 de noviembre de 2017, se señaló que está finalizado el relevamiento, y existe una cuenta por cobrar por el saldo de arrendamiento de 13 áreas para vallas publicitarias, que deberá ser puesto a conocimiento de la DAF del Ejército, como base para regularizar las cuentas por cobrar al accionante (fs. 85 a 120).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • Fragmento 3
    • a)
    • I.2.3. Informe de los demandados
    • I.2.4. Intervención de los terceros interesados
    • concedió
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.11.
    • II.13.
    • II.14.
    • II.15.
    • II.16.
    • i)
    • derecho a la jubilación,
    • las prestaciones de vejez
    • deberá ser reconocido y otorgado en el momento que en derecho corresponda, en virtud del principio de oportunidad de la seguridad social de largo plazo;
    • las restricciones deben encontrarse previstas en una ley
    • el principio de proporcionalidad,
    • principio de proporcionalidad
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • 1)
    • CONFIRMAR
    • iii)
    • MAGISTRADA

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