SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2020-S1

Fecha: 13-Ago-2020

II.4.

II.4.    Por Nota de 7 de abril de 2017, el Comandante General ACC del Ejército, puso en conocimiento del accionante el oficio de respuesta a la solicitud de 20 de marzo del indicado año, por el cual el Jefe del           Departamento I-ADM RR.HH., refirió que esa repartición no se extendía el certificado de no tener cargos de cuenta, sino que es la DAF del Ejército la competente, devolviéndole las carpetas a fin de que cumpla las formalidades de ley. Por oficio de 10 de abril del indicado año, el accionante remitió con observaciones subsanadas, tres carpetas de trámite de jubilación al Comandante General del Ejército, pidiéndole nuevamente el certificado de años de servicio original, memorándum de pase a la jubilación y otros documentos (fs. 15 a 16; 371).