SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0178/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0178/2021-S3

Fecha: 06-May-2021

II.2.

II.2.    Cursa Sentencia -de Grados y Preferidos- de 24 de noviembre de 2008, mediante la cual el entonces Juez de Partido en lo Civil y Comercial Primero de la Capital del departamento de Cochabamba declaró probada la demanda concursal voluntaria y su posterior aclaración, disponiendo que del producto de la subasta y remate del bien inmueble objeto de litigio, se paguen los gastos judiciales y las acreencias consignadas (fs. 446 a 449); decisión que fue apelada por el accionante que mereció el Auto de Vista REG/S.CII/ZGC/ASEN.291/2011 de 10 de agosto, emitido por los Vocales de la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior de Justicia -hoy Tribunal Departamental de Justicia- de Cochabamba, que declaró ejecutoriada la Sentencia apelada -de Grados y Preferidos-, sin costas (fs. 451 a 452 vta.). Finalmente, por AS 1080/2015-L de 18 de noviembre, la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia declaró improcedente el recurso de casación planteado por Luisa Olaguivel Jiménez y Teresa López (fs. 456 a 458).