Auto Gubernamental Plurinacional S1/0006/2007
Fecha: 22-Ene-2007
POR TANTO: La Sala Primera del Tribunal Agrario Nacional, con la atribución conferida por los arts. 36 -1) y 87-IV de la L. 1715 y arts. 271-2) y 273 del Cód. Pdto. Civ., aplicables supletoriamente por disposición del art. 78 de la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 223 - 228 de obrados, c...