4.1 2.Valoración de la Prueba Inspección Judicial.-
4.1.2.Valoración de la Prueba Inspección Judicial.-
La prueba de inspección judicial, fue admitida auto N° 048/2020 de fecha 30 de septiembre de 2020 que cursa a fojas 170 vuelta de obrados; "Inspección Técnica de las coordenadas y vértices de los puntos de deslinde del predio de169.8637 hectáreas"; se aclara que únicamente se hizo el recorrido de los vértices objeto del conflicto (V1, V2, V3, V4, V5, V6, V7, V8 y V9,) y no de la totalidad del predio denominado "Área Comunal - Comunidad 12 de Octubre", descripción a detalle del recorrido se puede identificar en el plano que cursa a fojas 141 y 193 de obrados, asimismo se puede apreciar una fotografía de las placas existentes, como marca del proceso de saneamiento CAT-SAN, a fojas 197 de obrados;
Esta prueba sirvió para corroborar la superficie en conflicto por esta autoridad, con la colaboración del técnico de este juzgado Ing. Fernando Caballero, siendo que los informes técnicos que cursa de fojas 141 a 147 y 193 de obrados no ha sido objetados dentro de plazo por ninguna de las partes procesales en consecuencia corresponde otorgarle el valor legal que se le da un documento público emitido por autoridad competente, para el presente caso, conforme al Art. 1289 y 1296 del Código Civil, Art.147 parágrafo II y Art. 148 parágrafo I numeral 1 de la Ley 439 aplicable a la materia por la supletoriedad dispuesta en el Art. 78 de la Ley 1715 modificada por Ley 3545;
Asimismo en la inspección judicial el Sr. Santos Flores López que se ha identificado como Secretario de Relaciones de la Federación de interculturales del Municipio de Cuatro Cañadas, ha intervenido aclarando que finalidad se le da a las áreas comunales, dice: "Era una reserva para proyectos a futuro, las parcelas eran para hacer trabajo agrícola para sustento de la familia, el Dr. Waldemar ha avasallado en esos tiempos esta área comunal..."; Al respecto que se considera, tomando en cuenta cual es la finalidad que tienen las áreas comunales de la comunidades campesinas de acuerdo principio de integralidad regulada en el Art. 76 de la Ley 1715 modificada por Ley 3545;
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la sentencia recurrida en casación o nulidad
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al recurso de casación
- 1.4 1. Decreto de Autos para resolución
- 1.4 2. Sorteo
- Fundamentos Jurídicos
- FJ.III.2. El recurso de casación en el fondo y recurso de casación en la forma en la jurisdicción agroambiental: Distinción y formas de resolución
- FJ.III.3. Naturaleza jurídica de la acción reivindicatoria y sus presupuestos
- FJ.III.3. Garantías constitucionales de las propiedades comunarias
- FJ.IV.1. En cuanto a la falta de competencia de la Juez para conocer el proceso de reivindicación.
- FJ.IV.2. En relación a la falta de aplicabilidad de la exención de pruebas; la mala valoración de prueba (Certificado del I.G.M.), la errónea aplicación de la prueba trasladada, el principio de integralidad y la prueba testifical.
- Por Tanto 1
- SENTENCIA Nº 003/2020
- 1.1 - Exposición sucinta de los hechos de la demanda - parte demandante
- 1.1 1.- Pruebas presentadas al momento de interponer la demanda.
- 1.2 Exposición sucinta de la contestación, reconvención e incidente interpuesto por el demandado .-
- 1.2 1.- Pruebas presentadas/ofrecidas al momento de contestar la demanda.
- Considerando 2
- Considerando 3
- 1.2 En la quinta actividad de la audiencia .- Por Auto N° 048/2020 y 049/2019 de fecha 30 de septiembre de 2020, que cursa a fojas 170 vuelta y 171 de obrados, se resolvió fijar el objeto de la prueba, para la parte demandante y demandada, lo siguiente:
- Considerando 4
- 4.1 1.Valoración de la Prueba documental de cargo
- 4.1 2.Valoración de la Prueba Inspección Judicial.-
- 4.1 3. Valoración de la Prueba Testifical de Cargo.-
- 4.2 1. Valoración de la prueba documental.-
- 4.2 2. Valoración de la prueba testifical de descargo.-
- 4.2 3Valoración de la Prueba Inspección Judicial.-
- 4.2 4. Valoración de la Prueba Pericial de descargo.-
- 4.3 Valoración de los hechos objeto del presente proceso.-
- Considerando 5
- Considerando 6
- Considerando 7
- Considerando 8
- Por Tanto 2
