Expediente: 4103/2021
Tribunal Agroambiental Bolivia

Expediente: 4103/2021

Fecha: 30-Nov-2020

4.2 3Valoración de la Prueba Inspección Judicial.-

4.2.3Valoración de la Prueba Inspección Judicial.-

Ofreció la prueba Inspección del predio "La Familia", a objeto de la demostración del cumplimiento de la FS, fecha de inicio, trabajos de conservación, propiedad de trabajos y mejoras y aspectos inherentes ; Prueba que fue admitida por auto N° 048/2020 de fecha 30 de septiembre de 2020 que cursa a fojas 170 vuelta de obrados, y se produjo la prueba el 09 de octubre 2020 las cuales cursa de fojas 191 a 198 de obrados; Prueba de inspección judicial es para que esta autoridad de manera directa, verifique lo que existe a la fecha en el predio; la superficie objeto de litigio estaba en su totalidad con rastrojo de cultivo de sorgo roleado (significa después de haberse cosechado el sorgo la tierra se está preparando para la próxima siembra), un cuarto deshabitado, alambrado en forma de "U" que delimita con los predios individuales y la otra fracción del área comunal de la Comunidad campesina 12 de octubre y caminos internos del predio, que se puede ver en las imágenes fotográficas a fojas 192 de obrados, que afirmaron que era de propiedad del Sr. Waldemar Rojas Valverde;

En cuanto a la fecha desde la cual se encontraría en posesión el Sr. Waldemar Rojas Valverde existe contradicción: 1) El demandado en su memorial contesta afirmando que ingreso en posesión a esos predios el año 1997, que cursa de fojas 59 de obrados; 2) En inspección ambas partes indican que el Sr. Waldemar Rojas Valverde estaría en posesión desde el año 1996; ante esta contradicción se revisa con la documentación presentada y tomando en cuenta que las personas no podemos recordar con precisión lo sucedido hace un año atrás, peor lo que sucedió hace 23 años atrás, como es este caso, esta fecha de posesión se considera de los documentos que cursan de fojas 41 a 49 de obrados, que sería del año 08 de febrero de 1997, fecha en el cual solicita inscripción de propiedad comunitaria agraria por primera vez al IGM y las fechas de compra, 06 de enero de 1998, 09 de agosto de 1997 y recibo 28 de junio de 2001;

Asimismo, se le aclaro en inspección que la inspección no era para verificar el cumplimiento o incumplimiento de la función social o económica social del predio objeto de litigio;

Además que indican que desde el año 1997 a la fecha la ocupación del área fue de manera gradual, hecho que no se podido corroborar con imágenes satelitales, debido a que el técnico del juzgado informa que únicamente puede tener acceso, él a la imagen satelital del año 2018 (el mismo cursa a fojas 145 de obrados), año para el cual se puede ver que ya estaba intervenido la totalidad de la superficie objeto de litigio, el hecho de desmontar el bosque o intervenir gradualmente el bosque, no es determinante para decidir el presente proceso, solo se describe como ilustrativo;