SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 58/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 58/2023

Fecha: 30-Oct-2023

FJ.II.7. 5. Con relación al cálculo incorrecto del monto de la multa de las supuestas infracciones cometidas

FJ.II.7.5. Con relación al cálculo incorrecto del monto de la multa de las supuestas infracciones cometidas.- De la revisión de la Resolución Ministerial - AMB N° 06 de 19 de enero de 2023, del CONSIDERANDO III, de la parte  consignada como INCORRECTO CALCULO DEL MONTO DE LA MULTA DE LAS SUPUESTAS INFRACCIONES COMETIDAS, la autoridad demandada señala que la multa a la AOP, se la impone en aplicación del art. 18 del D.S. N° 28592, el cual modifica y complementa el art. 97.b) del RGGA, que señala que se impondrá la sanción administrativa de multa de carácter económico del 3 por 1000 a la AOP “Relleno Sanitario Nuevo Jardín”, el cual recae sobre el monto total del patrimonio o activo declarado por la AOP en el Manifiesto Ambiental que se encuentra en USD de 4.500.000.00 y que la infracción del tres por mil llegaría a ser de 13.500.00, que sumados a las cuatro infracciones, vendrían a ser 54.000.00, los que deben ser cancelados por la AOP o en su equivalente en bolivianos; en consecuencia, remitiéndonos a lo señalado en los  FJ.II.7.2 y FJ.II.7.3 del presente fallo, no resulta ser evidente que las infracciones dispuestas no se adecuen a lo previsto en el art. 17.II del D.S. N° 28592, no habiéndose incrementado las multas como mal refiere la parte actora y de que las mismas no estarían previstos en el en el D.S. N° 28592, no siendo evidente tampoco que el número de infracciones sean diez, como también equivocadamente señala la parte demandante y menos de que no correspondía aplicar el art. 18.II del D.S. N° 28592, toda vez que el art. 18.II.a) establece como sanciones para las infracciones administrativas de impacto ambiental, la multa, habiéndose establecido el mismo en USD de 4.500.000.00; por lo que, tampoco, se evidencia nulidad alguna por este extremo acusado.