SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 58/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 58/2023

Fecha: 30-Oct-2023

FJ.II.7. 6. En cuanto a la vulneración del debido proceso

FJ.II.7.6. En cuanto a la vulneración del debido proceso.- Remitiéndonos a lo expresado en los FJ.II.7.1 al FJ.II.7.5 del presente fallo, esta instancia jurisdiccional no advierte que en el presente caso se haya vulnerado los arts. 115.II y 117 de la CPE, respecto al derecho al debido proceso y la defensa, toda vez que, se realizó una valoración correcta de las pruebas producidas, con la debida fundamentación y motivación, al haber identificado el deslizamiento del “Relleno Sanitario Nuevo Jardín” el año 2019, y no en hechos que habrían ocurrido el 2010, como mal interpreta la parte actora, así como tampoco existió prescripción; por lo que, la cita de la SC 0448/2010-R de 28 de junio de 2010, respecto a la garantía del derecho al debido proceso, no es análoga al caso presente.