Auto Supremo AS/0403/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0403/2006

Fecha: 09-Oct-2006

CONSIDERANDO: que, de los fundamentos del recurso de casación, planteado por Alfredo Arnéz Vargas y


Como precedentes contradictorios cita los fallos Supremos números 17 de 17 de enero de 2002; 152 de 22 de abril de 2002; 187 de 21 de mayo de 2002; 266-B de 22 de julio de 2002; 344 de 17 de septiembre de 2002; 284 de 13 de mayo de 2004; 307 de 11 de junio de 2003 y 329 de 28 de mayo de 2004.

Pide al Tribunal Supremo, deje sin efecto el fallo recurrido y establezca la doctrina legal aplicable.

Recursos que se admitieron por Auto Supremo Nº 10/06 de folio 2198 a 2201.

CONSIDERANDO: que, de los fundamentos del recurso de casación, planteado por Alfredo Arnéz Vargas y Grover Arnéz Vargas, y de la revisión y análisis de los antecedentes que informan el proceso, se desprende que en el caso de autos, el órgano jurisdiccional, para fijar la pena de presidio, aplicó la norma legal del Art. 48 de la Ley 1008, que señala como sanción de 10 a 25 años