Auto Supremo AS/0122/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0122/2008

Fecha: 09-May-2008

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2.- El 2 de noviembre de 1990, el Juez en lo Penal del Juzgado de Instrucción vigésimo octavo de la ciudad de Lima, pronunció el auto de apertura de la instrucción contra el sujeto requerido de extradición, por el delito de terrorismo en agravio del Estado Peruano, previsto en el inciso e) del artículo 288-B del Código Penal Peruano de 1924, modificado por la Ley Nº 24953, vigente al momento de los acontecimientos juzgados, ampliándose tal decisión judicial a través del auto ampliatorio de 14 de junio de 1991, por el Juez Instructor en lo Penal del Juzgado Décimo Noveno de Lima, imputándose al extraditable la comisión del delito de extorsión en agravio de Alfredo Benitez Portella y Freddy Villafuerte Falcón (fojas 130-132; 134), imputación que fue dejada sin efecto únicamente en cuanto al delito de extorsión, mediante auto de 27 de julio de 2007, al haberse declarado probada la excepción de prescripción de la acción penal formulada por la defensa de Wálter Chávez Sánchez, prosiguiendo la acción penal en relación al delito de terrorismo (fojas 323-326)