Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0122/2008
Fecha: 09-May-2008
FECHA: 9 de mayo de 2008
FECHA: 9 de mayo de 2008
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PARTES: Extradición solicitada por la Embajada de la República del Perú del ciudadano Peruano "José
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FECHA: 9 de mayo de 2008
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CONSIDERANDO: Que las relaciones internacionales en materia de extradición entre Bolivia y el país requirente
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La extradición alcanza a los procesados o condenados como autores, cómplices o encubridores del delito
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El hecho que motive la extradición tenga carácter de delito en la legislación del Estado
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CONSIDERANDO: Que la documentación cursante de fojas 22 a 327, adjunta a la solicitud de
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Que en consecuencia, de la relación precedente, se evidencia que las exigencias previstas por los
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La CONARE, en la nota de fojas 347 remitida vía facsímil, refiere que el señor
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Que la CONARE, cumpliendo con la solicitud de la Corte Suprema de Justicia, mediante nota
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Cursa también en antecedentes la nota remitida por el Representante Regional para el Sur de
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CONSIDERANDO: Que a efecto de resolver la petición del país requirente, se hace necesaria la
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Consecuentemente, en el caso del ciudadano peruano José Wálter Chávez Sánchez, al existir una resolución
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SEÑORES PRESIDENTE Y MINISTROS DE SALA PLENA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
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La suscrita Ministra de la Corte Suprema de Justicia, al haber sido de voto disidente
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Se debe dejar sentado, que de conformidad a la norma internacional y nacional, se beneficia
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Causa extrañeza la cita, puesto que contrariamente a lo afirmado en la presunta resolución sin
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"El presente D
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Las consideraciones precedentes constituyen suficiente base legal para la disidencia formulada en sesión de Sala
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Firmado:Sofía L. Fiengo Sotés
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