Auto Supremo AS/0333/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0333/2011

Fecha: 09-Jun-2011

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4.- Por su parte el Auto de Vista No. 17/2008, (fs. 99-104), al anular la Sentencia y disponer el juicio de reenvió, con el argumento que no se valoró correctamente las pruebas primarias y terciarias, realizó una valoración desde una óptica diferente al conjunto de los hechos que fueron expuestos durante el juicio oral, con una visión unilateral de los hechos y aunque no lo refiera expresamente se ingresa a una revalorización de los hechos y de las pruebas con un entendimiento que no se adecua a los acontecimientos y circunstancias; se desarrolla un entendimiento diferente, sin referir porqué se debe dar mayor valor a la prueba primaria. No tomó en cuenta el principio de inmediación, que le faculta al juzgador tener una mejor apreciación de los hechos, al encontrarse en contacto con las partes, los testigos y la apreciación de las pruebas judicializadas