Auto Supremo AS/0333/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0333/2011

Fecha: 09-Jun-2011

Por el contrario el párrafo final del referido artículo, faculta al Tribunal de Alzada resolver


Por el contrario el párrafo final del referido artículo, faculta al Tribunal de Alzada resolver directamente, cuando para dictar nueva sentencia no sea necesaria la realización de un nuevo juicio. Lo que no importa valoración de la prueba, toda vez que la Sentencia ya realizó la valoración conforme a lo previsto por los arts. 124 y 173 del Código de Procedimiento Penal