Auto Supremo AS/0333/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0333/2011

Fecha: 09-Jun-2011

Arguye que, de la lectura del Auto de Vista cuestionado, se aprecia que se ejercita


Arguye que, de la lectura del Auto de Vista cuestionado, se aprecia que se ejercita una valoración diferente del conjunto de hechos demostrados en audiencia de juicio oral, público y contradictorio, desarrollando hipótesis que concluyen en diferentes formas de establecer los hechos por los cuales fue juzgado, y pese a no haber presenciado el juicio oral, vulneran el principio de inmediación al revisar el hecho y otorgarle un cauce de razonamiento, concluyendo que el Tribunal de Sentencia no habría compulsado la prueba de manera completa sino sesgada, pero no se explican racionalmente los motivos para dar mayor valor a prueba terciaria y no a la directa. Que en definitiva, se dispuso la nulidad de la Sentencia y su consiguiente reenvío a otro Tribunal, por cuanto la valoración de la prueba no se encuadra en el sistema de la sana crítica, prevista en el artículo 173 del Código de Procedimiento Penal, y que en los hechos se trataría de un delito diferente al de lesiones gravísimas