Auto Supremo AS/0212/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0212/2013-RRC

Fecha: 27-Ago-2013

i)En cuanto al primer motivo de apelación restringida, sobre inobservancia a la ley sustantiva, previas


II.4. Auto de Vista.

En conocimiento de aquel recurso la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, a través de Auto de Vista 176/2013 de 4 de junio, resolvió declarar improcedentes las cuestiones planteadas, con costas; con el siguiente argumento:

i)En cuanto al primer motivo de apelación restringida, sobre inobservancia a la ley sustantiva, previas consideraciones doctrinarias sobre el delito de Injuria, el Tribunal de alzada, señaló: 1)En juicio la acusadora particular tenía la carga procesal de demostrar que el comportamiento de los acusados era el de causar un ofensa en su dignidad, en las sabiendas de la falsedad de las aseveraciones vertidas; empero, lo que objetivamente se demostró fue que la nota suscrita por los acusados es la solicitud de una investigación de supuestos malos tratos y la existencia de conducta antipedagógica, concluyendo que en ese sentido no existió la intención dolosa de dañar la dignidad de la acusadora particular, y de forma semejante la no existencia del animus injuriandi; 2) En relación al reclamo de que el delito de Injuria, posee carácter formal, en iguales términos, el Tribunal de alzada recalcó que la acusadora particular no demostró la existencia del elemento subjetivo del tipo, tal es, el dolo; 3) En lo que toca a la falta de apoyo de los padres de familia en la presentación de denuncia, el Auto de Vista impugnado señala que ello tampoco afirma la existencia de los elementos objetivos y subjetivos de la Injuria, sólo hacen ver que los acusados carecieron de apoyo en su afán de promover una investigación