Auto Supremo AS/0212/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0212/2013-RRC

Fecha: 27-Ago-2013

II.3 Recurso de apelación restringida


6)La conducta de los acusados en relación a la nota de denuncia de 24 de junio de 2011, no constituye delito pues: i) Al rubricar la misma buscaron hacer valer sus derechos respecto al supuesto maltrato a los alumnos del Quinto de Secundaria de la unidad educativa “Santa María Eufrasia”, en la que su hija se encontraba, pues no se advirtió la intención de ofender a la querellante en su dignidad, ya que los acusados acudieron ante instancias regulares para la apertura de una investigación, solicitando se brinde celeridad a su trámite, tratándose de una acción que pretendió realizar un acto de defensa a favor de su hija; no hallándose la presencia del elemento subjetivo del tipo, cual es, el dolo en la conducta de los acusados, o bien ellos hayan tenido la intención maliciosa de dañar la imagen de la querellante; sino, su intención fue que la instancia pertinente realice una investigación sobre su reclamo; ii) La querellante no acreditó que en la denuncia promovida, los acusados tuvieron la intención de ofender su dignidad, y que se haya propiciado por un acto de revanchismo a partir de una calificación reprobatoria por parte de aquellos en la asignatura dictada por la querellante. Ésta introdujo prueba relativa a la emisión de la nota de denuncia, el trato ofrecido a las alumnas de la unidad educativa, a su prestigio y honorabilidad, y otros aspectos que no aportaron categóricamente a establecer el animus injuriandi en la conducta de los acusados.

II.3 Recurso de apelación restringida