Auto Supremo AS/0150/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0150/2014

Fecha: 16-Jun-2014

b) Ambas cartas llevan como lugar de redacción la ciudad de Santa Cruz, sede central

b) Ambas cartas llevan como lugar de redacción la ciudad de Santa Cruz, sede central de la empresa demandada; cuando las certificaciones de fs. 75 a 78 corroboran que las demandantes tienen domicilio y radican en Cochabamba; asimismo las literales de fs. 43 a 48 señalan que el lugar de desempeño de sus labores era también Cochabamba; deviniendo de tal manera en nulas las renuncias señaladas, en aplicación de los arts. 48.III de la Constitución Política del Estado (CPE) y 4 de la Ley General del Trabajo (LGT); situación que no fue debidamente compulsada por el Tribunal ad quem