Auto Supremo AS/0150/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0150/2014

Fecha: 16-Jun-2014

Mucho menos se puede calificar como acoso moral la amenaza de bloquearles el acceso a

Mucho menos se puede calificar como acoso moral la amenaza de bloquearles el acceso a otras fuentes laborales, no sólo porque se trate de una posibilidad futura e incierta, sino porque el sentido común no permite atribuir semejantes prerrogativas a un ciudadano al grado tal que, a simple pedido, todas las empresas del país y las instituciones del Estado cierren sus puertas para las ahora demandantes. En tal sentido es más lógico pensar que el haber firmado las cartas de renuncia a partir de tales presupuestos constituye más bien una actitud apresurada y cargada de mucha susceptibilidad que no comparte con la definición de acoso moral