Auto Supremo AS/0150/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0150/2014

Fecha: 16-Jun-2014

En el marco de la facticidad anterior, este Tribunal no encuentra fundados los motivos recursivos,

En el marco de la facticidad anterior, este Tribunal no encuentra fundados los motivos recursivos, por cuanto independientemente a que el trabajo efectivo de las demandantes pudo haberse desarrollado en la ciudad de Cochabamba, el hecho de que las renuncias coincidan en su tenor, fecha y lugar no resultan suficientes para concluir que dichas renuncias hayan sido firmadas bajo presión del empleador, a mérito que respecto al lugar, bien puede entenderse que la suscripción en la ciudad de Santa Cruz obedezca a las mismas razones por la cuales se suscribieron los contratos en esa misma ciudad, lo mismo que el contenido, pues nada impide pensar que su redacción se hubiese encomendado a una tercera persona, por las mismas demandantes o por el empleador