Auto Supremo AS/0150/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0150/2014

Fecha: 16-Jun-2014

De igual manera resulta muy subjetiva y forzada la interpretación traída en el recurso con

Aun atribuyéndole autoría al empleador no es posible encontrar indicios que hagan suponer la mediación de un interés velado, pues bien pudo tratarse de un acuerdo entre partes.
De igual manera resulta muy subjetiva y forzada la interpretación traída en el recurso con relación a la pregunta 6 del interrogatorio saliente a fs. 62 para concluir que el distracto laboral se hubiese producido bajo presión, a mérito que si bien resulta evidente que esta señala; “…Diga si antes de firmar su carta de renuncia Ud. ha leído y entendido el tenor de la misma…” ; de la revisión de las preguntas en su conjunto, se advierten diferentes cuestionantes relacionadas con el hecho de que las actoras habrían firmado las cartas de renuncia, es así que la pregunta Nº 1 señala: “Manifieste si Ud. sabe leer y escribir y si tiene comprensión de lectura?”; la Nº 4.- “Diga cómo es cierto que Ud. presentó firmada una carta de renuncia irrevocable”; la pregunta Nº 6º.- “Diga si antes de firmar su carta de renuncia Ud. ha leído y entendido el tenor de la misma”; la Nº 7.- “Si al detentar el cargo de Gerente de Zona, que constituye un cargo jerárquico, cómo pudo haber firmado una carta de renuncia contra su voluntad”; la Nº 8.- “Diga si después de leerla y entender el contenido de la carta de renuncia, le obligaron a firmarla por algún medio de coerción”; y la Nº 9.- “Diga por qué firmó la carta de renuncia si no estaba de acuerdo?”; coligiéndose de tal manera, que el sentido de las preguntas -entre ellas la Nº 6-, se encuentran orientadas al hecho de que fueron las propias trabajadoras las que habrían firmado dichas cartas; situación advertida por el Tribunal de Alzada, en cuanto al entendimiento que realiza en conexitud con los contratos de trabajo de fs. 43 a 48, señalando, que conforme a las responsabilidades contenidas en dichos contratos; no resultaría admisible que las actoras de acuerdo al amplio conocimiento del ramo laboral donde se desenvolvían, su edad y cultura, hayan permitido presión psicológica para firmar dichas cartas de renuncia voluntaria