Auto Supremo AS/0342/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0342/2014-RRC

Fecha: 18-Jul-2014

Al efecto citó como precedente contradictorio el Auto Supremo 661/2007 de 15 de diciembre, que


III.5. Análisis de la contradicción entre el Auto de Vista impugnado y los precedentes contradictorios.

Como se tiene establecido, a través del primer agravio, el recurrente denuncia que el Tribunal de apelación resolvió otros aspectos reclamados en la apelación restringida sin dar prioridad a la extinción de la acción penal, incumpliendo la doctrina legal aplicable e incurriendo en un defecto absoluto.

Al efecto citó como precedente contradictorio el Auto Supremo 661/2007 de 15 de diciembre, que estableció que “… corresponde subsanar el acto jurisdiccional que se constituye en defecto absoluto previsto en el art. 169 num. 3) del Código de Procedimiento Penal, debiendo el Tribunal de Alzada conocer y pronunciar resoluciones en forma separada, resolviendo con prioridad la solicitud de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso penal, y posteriormente ingresar a conocer y resolver las impugnaciones del recurso de apelación restringida