Auto Supremo AS/0356/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0356/2014

Fecha: 03-Jul-2014

ANTECEDENTES DEL PROCESO


VISTOS: Los recursos de casación interpuestos por el Gobierno Autónomo de Chuquisaca por memorial de fs. 1042 a 1045 y vta. de obrados y el recurso de casación de fs. 1050 a 1054 incoado por el Banco Nacional de Bolivia S.A., representado por Enrique José Urquidi Prudencio, impugnando el Auto de Vista Nº SCCFI-56/2014 de fecha18 de febrero de 2014, pronunciado por la Sala Civil y Familia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso ordinario de repetición de pago indebido seguido por el Banco Nacional de Bolivia contra la Prefectura del Departamento de Chuquisaca, hoy Gobierno Autónomo de Chuquisaca, la concesión a fs. 1058., los antecedentes del proceso y,
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, tramitada la causa, el Juez Primero de Partido en materia Civil y Comercial del Distrito de Chuquisaca, emitió la Sentencia Nº 023/2013 de fecha 20 de junio de 2013, cursante de fs. 937 a 942 que declaró PROBADA en parte la demanda principal de fs. 100 a 102 aclarada por memorial de fs. 105, en relación a la repetición de pago indebido de la suma de $us 67.102.40 por la entidad demandada, a favor de la institución demandante, a hacerse efectivo a tercer día de ejecutoriada la resolución, calificando pago de intereses legales de acuerdo al art. 414 de Código Civil, a partir del 27 de abril de 2002 hasta el momento de su pago; PROBADA la excepción perentoria de falta de acción y derecho opuesta a la demanda reconvencional e IMPROBADA la demanda reconvencional de fs. 119 a 120, aclarada a fs. 129 del proceso, manteniendo subsistente el Otrosí 3.- de 27 de agosto de 2002 de fs. 103 vta. y tampoco la providencia de 19 de septiembre de 2002 de fs. 105 vta.. Asimismo, dispone no haber lugar al pago de daños y perjuicios reclamado por ambas partes