Auto Supremo AS/0507/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0507/2014

Fecha: 08-Sep-2014

Corresponde señalar que el Ad quem, en el Auto de Vista de fs

Corresponde señalar que el Ad quem, en el Auto de Vista de fs. 616 a 619 en el cuarto considerando, respecto a la excepción de anulabilidad ha tomado en cuenta dos aspectos (fs. 617 vta. a 618), en una primera parte señaló la prohibición del art. 592-4) del Código Civil, no se vincula solo a la condición de abogado, sino que la prohibición radica en comprar bienes que sean objeto del litigio, para cual se requiere la concurrencia de ambos presupuestos y en el caso de autos en procesos penales la pretensión es meramente punitiva y no se vincula al patrimonio y por ello no puede derivarse en un patrocinio penal; y por otra parte señaló que lo expuesto -refiriendo a la excepción de anulabilidad- resulta una invocación de la prohibición anunciada, sin que hubiera mediado accionamiento específico