DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
CONSIDERANDO II
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
RECURSO DE EUGENIO MORALES SINGO, TOMASA, FELICIDAD FILOMENA, MARIO, RICARDA Y DIONICIA MORALES PANIAGUA.-
EN EL FONDO.-
1.- Señala que en el tercer considerando del Auto de Vista, viola el art. 557 del Código Civil, al considerar que la excepción de anulación del documento de transferencia opuesta, constituiría un argumento de defensa a título de excepción y no por haberse accionado la misma por vía de reconvención y el Juez no podía declarar la ineficacia de la minuta de transferencia a solo planteamiento de la excepción de anulación, por ello se consideró que la sentencia contraviene el art. 546 y 1281 del Código Civil
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
RECURSO DE EUGENIO MORALES SINGO, TOMASA, FELICIDAD FILOMENA, MARIO, RICARDA Y DIONICIA MORALES PANIAGUA.-
EN EL FONDO.-
1.- Señala que en el tercer considerando del Auto de Vista, viola el art. 557 del Código Civil, al considerar que la excepción de anulación del documento de transferencia opuesta, constituiría un argumento de defensa a título de excepción y no por haberse accionado la misma por vía de reconvención y el Juez no podía declarar la ineficacia de la minuta de transferencia a solo planteamiento de la excepción de anulación, por ello se consideró que la sentencia contraviene el art. 546 y 1281 del Código Civil
- Distrito: Chuquisaca
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de primera instancia que es recurrida de apelación por la demandante que es resuelta
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Refiere que la excepción perentoria tiene la finalidad de destruir o extinguir la acción y
- Por ello deduce que el art
- 2
- 3
- 4
- 1
- Por lo expuesto solicita que en base al recurso en el fondo se case el
- Por lo expuesto solicita se case parcialmente el Auto de Vista y en forma total
- Tomando en cuenta que el recurso de los demandados es mixto, consiguientemente primero se absolverá
- Corresponde señalar que el Ad quem, en el Auto de Vista de fs
- Los puntos 1 y 2, se encuentran orientados a que el Juez ha infringido el
- Consiguientemente ambas partes han reconocido la suscripción de la minuta de contrato de 10 de
- Ahora en el presente caso el debate se centra en el sentido de que, si
- Consiguientemente se dirá que en lo referente a la infracción del art
- Corresponde señalar que, sobre la acción negatoria la citada norma reconoce al propietario la facultad
- Se debe tomar en cuenta que mientras un contrato no sea declarado inválido surte los
- Resulta innecesario considerar dicha infracción, por haberse advertido la concurrencia de prohibición establecida en el
- Corresponde señalar que en base al recurso de casación en el fondo interpuesto por los
- POR TANTO
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Rómulo Calle Mamani.
