Auto Supremo AS/0507/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0507/2014

Fecha: 08-Sep-2014

Tomando en cuenta que el recurso de los demandados es mixto, consiguientemente primero se absolverá

CONSIDERANDO III FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
DEL RECURSO DE CASACIÓN DE EUGENIO MORALES SINGO, TOMASA, FELICIDAD FILOMENA, MARIO, RICARDA Y DIONICIA MORALES PANIAGUA.-
Tomando en cuenta que el recurso de los demandados es mixto, consiguientemente primero se absolverá el de la forma por considerar que en caso de advertirse un vicio de procedimiento que conllevaría a disponer una nulidad de obrados, ya sería innecesario considerar el recurso en el fondo, como sigue:
EN LA FORMA.-
1.- Sobre la infracción de los arts. 236 y 90 del Código de Procedimiento Civil, en sentido de que el Auto de Vista no se hubiera circunscrito a los puntos resueltos en sentencia por haber considerado que la excepción de anulabilidad debía de accionarse por vía de reconvención