Auto Supremo AS/0032/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0032/2015

Fecha: 19-Ene-2015

Corresponde señalar que los recurrentes tomaron conocimiento de los autos de 10 de junio de

Corresponde señalar que los recurrentes tomaron conocimiento de los autos de 10 de junio de 2003 (entre ellos el Auto de fs. 239 que resuelve las excepciones previas formuladas por los recurrentes) como se acredita del propio escrito de los recurrentes en fs. 320 vta., renglón 9 y ss., sin embargo de ello desde dicho memorial los recurrentes no solicitaron se resuelva el resto de las excepciones, que en su criterio las hubieran formulado en calidad de previas, además de ello en forma posterior de fs. 547 a 553 presentaron su memorial de alegatos adjuntando a fs. 546 su comprobante de caja por saca de expediente, esto quiere decir que los recurrentes se dieron por notificados con todos los actuados generados en el proceso, como señala el art. 136 del Código de Procedimiento Civil, pese a ello no solicitaron se resuelva el resto de las excepciones que ahora acusan, por lo que dicha omisión quedó convalidada tácitamente por los propios recurrentes, al no haber reclamado la resolución de esas excepciones antes de sentencia, consiguientemente no se advierte vicio de procedimiento en este punto, no existiendo vulneración de los arts. 3-2) y 338-II del Código de Procedimiento Civil y 115-II y 119-II de la Constitución y 17 de la Ley del Órgano Judicial