Auto Supremo AS/0250/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0250/2015

Fecha: 29-Oct-2015

Acusó que auto de vista impugnado señaló que la juez a quo, indebidamente hubiese observado

Acusó que auto de vista impugnado señaló que la juez a quo, indebidamente hubiese observado que el poder otorgado a la demandante no estaba registrado en FUNDEMPRESA además de otros requisitos, determinando que la CSBP es una entidad gestora del sistema de seguridad social de salud sin fines de lucro y sujeta al Código de Seguridad Social, su Reglamento y disposiciones conexas conforme prevé los arts. 3 y 30 del DS. 21637 de 25 de junio de 1987 y el DS. 25289 de 20 de enero de 1999, por lo que no sería exigibles dichos requisitos para eficacia de poder otorgado