Auto Supremo AS/0250/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0250/2015

Fecha: 29-Oct-2015

Que, la coactivante fs

Que, la coactivante fs. 667 a 668, reconoce la excepción de pago por propia confesión, sin embargo esto no es tomado en cuenta por el tribunal ad quem, quien realiza una interpretación indebida de la prueba y aplicación indebida de la ley, al actuar de forma ultra petita, al determinar que el pago realizado es por concepto de honorarios profesionales y otros, que ni en el memorial de apelación y peor en la prueba constan, argumento que causa daño a la empresa que representa, al haber otorgado ilegalmente más de lo pedido, con los que se prueba la casación conforme al art. 254 inciso 4 del C.P.C