Auto Supremo AS/1171/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1171/2015

Fecha: 21-Dic-2015

Por otra parte, en cuanto al inc

Por otra parte, en cuanto al inc. c) del recurso de apelación, el Tribunal de Alzada en el punto 3 (segundo considerando) del Auto de Vista recurrido señalo: “…corresponde tener en cuenta que la declaratoria de herederos de la menor… se la hizo en base al certificado de nacimiento de fs. 3 de la cual mientras no fuera declarado nulo tienen toda la vigencia legal correspondiente, de lo que se tiene que la declaratoria de heredera inscrita y presentada ante COSSMIL se encuentra subsistente.”; y en cuanto al inciso d) del recurso de apelación respecto a la impertinencia de la prueba pericial de ADN; dicho agravio fue considerado en el último párrafo del punto 1 y en el punto 2, del Segundo Considerando del Auto de Vista recurrido; no siendo evidente que el Tribunal de Alzada no se haya pronunciado respecto a los puntos de apelación señalados supra