Auto Supremo AS/1171/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1171/2015

Fecha: 21-Dic-2015

Que la presunción de filiación que regula el art


Que la presunción de filiación que regula el art. 65 de la C.P.E., vigente no sería aplicable al caso puesto que el conflicto trataría de la falsa filiación que se habría efectuado el 13 de agosto de 2002 cuando no había ni idea de la reforma de la constitución, y por el principio de irretroactividad de la Ley, previsto en el art. 123 de la C.P.E., la ley solo se aplica para lo venidero por o que constituiría un acto de fuerza arbitraria por lo que a título del interés superior del niño se pretenda validar una ilícita filiación de la niña