Auto Supremo AS/0214/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0214/2015-RA

Fecha: 31-Mar-2015

En cuanto a la segunda parte del motivo de casación referido a la revalorización de


En cuanto a la segunda parte del motivo de casación referido a la revalorización de la prueba que habría realizado el Tribunal de alzada, el recurrente se limitó a citar y transcribir parte de los Autos Supremos invocados, sin efectuar una mínima relación de las circunstancias resueltas en los mismos, aplicables al caso en análisis, mucho menos estableció cuál la contradicción de sus entendimientos con la decisión asumida en la resolución de alzada cuestionada, razón por la cual no serán tomados en cuenta para el análisis de fondo de la denuncia planteada; sin embargo, tomando en cuenta que se denunció que la presunta revalorización de prueba que se encontraba excluida, consistente en el certificado médico forense y el informe psicológico, provocó un defecto absoluto, pues se desconoció los principios de legalidad, inmediación y contradicción, en aplicación de los criterios de flexibilización para la admisión excepcional del presente motivo de casación, se advierte que bien el recurrente, identificó la prueba presuntamente revalorizada, estableciendo los antecedentes de hecho, omitió explicar cuál la relevancia de la revisión de la referida actuación en la decisión final de la causa, aspecto de trascendental importancia, considerando que el recurrente pretende la declaratoria de nulidad del Auto de Vista recurrido, el que debe observar los principios que rigen la nulidades procesales. En ese entendido, no es posible ingresar al análisis de fondo, resultando inadmisible