Auto Supremo AS/0175/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0175/2015-L

Fecha: 29-Jul-2015

Con respecto a la multa, con los fundamentos expuestos en los puntos 1) 2),

Con respecto a la multa, con los fundamentos expuestos en los puntos 1) 2), 4), 5), 6), 7) y 8) resueltos en el recurso de casación en el fondo de la empresa recurrente, y considerando la liquidación y el correspondiente pago de beneficios sociales conforme constan de fs. 36 a 38, no corresponde se le imponga a la empresa demandada la multa del 30 %, cual acertadamente aunque no con el mismo fundamento determino el tribunal de alzada