Auto Supremo AS/0505/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0505/2015

Fecha: 21-Jul-2015

Conforme lo previsto en el art

Conforme lo previsto en el art. 43.a) de la Ley N° 1178 concordante con el art. 51 del Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública, los informes de auditoría y los documentos que sustentan el Dictamen de Responsabilidad Civil, evidentemente constituyen prueba preconstituida, que bien pueden ser desvirtuados mediante los medios de prueba previsto en el Adjetivo Civil, y que aporten las partes durante el proceso, de modo que pueden ser desvirtuados total o parcialmente; sin embargo, tal cuestión es de interés de la parte coactivada o demandada y no así del Juez o de la parte coactivante