Auto Supremo AS/0505/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0505/2015

Fecha: 21-Jul-2015

Que, un argumento expuesto por la coactivada recurrente, fue que la decisión se asumió en

Que, un argumento expuesto por la coactivada recurrente, fue que la decisión se asumió en el marco del art. 33 de la Ley Nº 1178 y art. 63 de su Decreto Reglamentario; empero, tampoco se precisa cuales habrían sido los mejores o mayores beneficios institucionales conseguidos, así como las circunstancias imperantes en el caso, pues no se olvide que, tales dispositivos no constituyen reglas sino excepciones, que ante circunstancias extraordinarias imperantes a momento de la decisión o situaciones de fuerza mayor, que incidieron en la toma de la decisión excepcional, hace que se justifique el accionar administrativo que se aleja de los procedimientos establecidos por la norma; por lo que, si bien se cuestiona que no se habría tomado en cuenta acertadamente tales dispositivos, no se precisa, para este Tribunal, cuales habrían sido en consecuencia las pruebas que a su juicio, demostrarían aquellas situaciones de excepción, no siendo suficiente argüir que los documentos probatorios adjuntos estarían demostrando aquello, cuando la conclusión del fallo recurrido fue clara, en sentido que no desvirtúan los cargos de responsabilidad civil de la ahora recurrente; de modo que, no se permite mayor análisis al respecto