Auto Supremo AS/0531/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0531/2015-RRC-L

Fecha: 13-Ago-2015

2) De lo descrito se desprende que jamás su persona hizo creer algo falso como


2) De lo descrito se desprende que jamás su persona hizo creer algo falso como verdadero a Rufo Wilfredo Mamani Mamani, como que jamás se enriqueció con los dineros recibidos, es más, perdió la suma de $us. 12.000.-, como acreditó de los informes del Ingenio Jorge que expresó que el mineral fue internado, pero que se procesó luego de dos años y que no se pagó porque salieron debiendo por los adelantos, ello en razón a que el acusador ya no pudo ordenar su procesamiento como lo hizo la primera vez. Y de otro lado, tampoco se demostró el elemento constitutivo de dolo en la supuesta Estafa, DOLUS NOS PRESUMITUR COMPROBATIO, el cual no se presume sino se comprueba, con medios idóneos. Operando lo establecido por el art. 16 del CP, como es el error de tipo invencible