Auto Supremo AS/0531/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0531/2015-RRC-L

Fecha: 13-Ago-2015

III.1.Identificación de los precedentes contradictorios invocados relativos a la revalorización de la prueba en alzada


III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA VERIFICACIÓN DE LA EXISTENCIA DE CONTRADICCIÓN

En el presente recurso, la parte recurrente denuncia que el Tribunal de alzada, sin tener competencia para ello, procedió a valorar la prueba, sosteniendo que: 1) El reconocimiento de firmas y rúbricas de los recibos, abre la competencia de un juez civil, sin disposición expresa que disponga ello, resultando ser sólo una opinión del Juzgador; y, 2) La Sentencia realizó una descripción de los hechos en base a fundamentos de la acusación pública y particular, sin fundamentar en base a qué pruebas logró establecer la existencia de ardid o engaño como causa del error, sonsacando dineros para darles otro destino y beneficiarse de los mismos; y tampoco argumenta sobre la prueba que demostró la existencia de error en la víctima, lo que evidenciaría la valoración directa de la prueba. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de alzada, corresponde dilucidar si los extremos denunciados son o no evidentes.

III.1.Identificación de los precedentes contradictorios invocados relativos a la revalorización de la prueba en alzada