Auto Supremo AS/0531/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0531/2015-RRC-L

Fecha: 13-Ago-2015

Al respecto, de la revisión de antecedentes se denota que durante el desarrollo del juicio


Al respecto, de la revisión de antecedentes se denota que durante el desarrollo del juicio oral, la defensa planteó dos excepciones, entre ellas, una de incompetencia en razón a la materia, alegando que los recibos por los montos entregados por el acusador particular al imputado, fueron sometidos a una medida preparatoria en el ámbito civil a efectos de su reconocimiento de firmas; por lo tanto, se hubieran convertido en documentos privados. En consecuencia, el Estado le da competencia al juez civil, correspondiendo la aplicación de lo preceptuado por el art. 119 del Código Civil (CC), al ser ley entre partes, así como del art. 510 del precitado cuerpo legal; por lo tanto, alega que el Tribunal de Sentencia a cargo del juicio, no sería competente para conocer y resolver el presente caso. Excepción que fue resuelta inmediatamente después de haber sido interpuesta, declarándose improbada al no haberse demostrado la existencia de un contrato suscrito entre partes. Por lo que, la parte acusada, se reservó el derecho a apelar