En este punto, el recurrente pretende desestimar aquella decisión, apoyado en la tacha opuesta contra
En este punto, el recurrente pretende desestimar aquella decisión, apoyado en la tacha opuesta contra los testigos Alenor Poloni y Moisés Corvera; en tal sentido, la Sala, hace eco de lo expresado en el anterior punto, pues un argumento lógico y procesalmente sustentable, no es presente en el recurso que se examina, ya que por un lado la decisión de horas extras no se basó en las deposiciones señaladas en este párrafo, sino en otras (como lo fueron, Carla Herbas y María Adela Ortiz), y por otro la consideración de validez de una testación tachada, no se limita a su formalidad, sino que necesariamente -dada la configuración del sistema probatorio- deberá adscribirse al o los razonamientos por los que la autoridad que juzga llegó a una determinada decisión, ya sea fundamentando cuál de los componentes de la sana crítica fueron transgredidos; o bien, que la secuencia de razonamientos expresados por el Juzgador, carezcan de razón suficiente, sean irrazonables, o conduzcan a un absurdo. Situaciones que como se desprende del memorial de recurso la parte demandada pasó por alto
- Interpuesto el recurso de apelación por la Empresa demandada (fs
- Con base a la causal del art
- Indicó que, conforme al art
- Invocando el art. 253.1 del CPC, señaló que el Auto de Vista recurrido incurrió en
- b)Indebida aplicación del art
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia proceda a anular o casar el Auto
- El recurrente manifiesta que el pago de costas en ambas instancias, constituye una dación más
- “I.- El auto de vista podrá ser
- 2) Confirmatorio parcial, sin costas
- 3) Revocatorio total o parcial, sin costas
- 4) Anulatorio o repositorio, con responsabilidad al inferior
- II.- Si ambas partes fueren apelantes, no habrá condenación en costas”
- En la especie, conforme se condensó en los acápites I
- Alega el recurrente que el Auto de Vista, al confirmar la Sentencia, aprueba la falta
- La Sala en este punto enfatiza, que la aplicación de los arts
- Indicó que la demanda se dirigió contra los socios de las Empresas Puertocruz S
- Como se señaló precedentemente la valoración probatoria en materia laboral se inscribe en lo que
- Conforme a lo anterior, debe precisarse que el error de derecho y el error de
- a) En cuanto a la errónea apreciación de las literales de fs
- Si bien en este punto los recurrentes arrogan la eficacia de su planteamiento a las
- b) En cuanto a la existencia de horas extraordinarias, conforme a lo dispuesto en Sentencia
- En este punto, el recurrente pretende desestimar aquella decisión, apoyado en la tacha opuesta contra
- c) Por último, sobre el pago de vacaciones fraccionadas correspondiente a 8 meses y 14
- Bajo esos parámetros, se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
