Auto Supremo AS/0559/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0559/2015

Fecha: 10-Ago-2015

Invocando el art. 253.1 del CPC, señaló que el Auto de Vista recurrido incurrió en

I.2.2. En el fondo
Invocando el art. 253.1 del CPC, señaló que el Auto de Vista recurrido incurrió en:
a)Errónea interpretación de los arts. 166 y 167 y aplicación indebida del art. 102, todos del Código Procesal del Trabajo (CPT), pues señaló como un aspecto esencial que la Sentencia de primera instancia debería pronunciarse expresamente sobre la confesión provocada a la que la demandante no concurrió, pero el Juez de grado no mencionó el acto y restó valor probatorio señalando que el objeto del proceso es reconocer los derechos de los trabajadores, vulnerando con ello el debido proceso y dejando al demandado en estado de indefensión, “ignorando la relevancia probatoria que las normas transcritas obligan al juzgador a otorgar a la confesión” (sic)