Auto Supremo AS/0575/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0575/2015

Fecha: 19-Ago-2015

Conforme al pedido que realiza en el recurso de casación, niega el pago de los

c) El Auto de Vista al confirmar la Sentencia en cuanto al pago por feriados por días que no son o que no se trabajó, viola normativa que regula los feriados
Conforme al pedido que realiza en el recurso de casación, niega el pago de los feriados del 6 de junio, del 22 de junio de 2012, por no ser feriados nacionales. Con respecto a los feriados de 02 de noviembre y 25 de diciembre afirma que no se trabajó por ser feriados religiosos, en los que no se trabaja. Respecto a los feriados del 1 y 25 de mayo se realizó el pago oportuno como feriado. En la gestión 2013, el 22 de enero y 1 de mayo afirma que corresponde aumentar el pago de feriado; encontrándose el 25 de mayo, 06 de agosto y 21 de junio pagados conforme a las literales de fs. 16 a 17