Auto Supremo AS/0575/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0575/2015

Fecha: 19-Ago-2015

En ese entendido, partimos que el aguinaldo es el sueldo anual complementario que todo empleador

En ese entendido, partimos que el aguinaldo es el sueldo anual complementario que todo empleador tiene la obligación de pagar a sus empleados y obreros hasta el 25 de diciembre de cada año, regulado por la Ley de 18 de diciembre de 1944. Cabe destacar que esta Ley, en su artículo segundo impone una sanción en caso de omitir su pago, estableciendo que el empleador que no pague el aguinaldo hasta el 25 de diciembre, deberá cancelar el doble el monto de este derecho a su trabajador