Auto Supremo AS/0575/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0575/2015

Fecha: 19-Ago-2015

En ese entendido conforme a planillas que cursan de fs

En ese entendido conforme a planillas que cursan de fs. 14 a 18 vta. se verifica que existieron 11 días no trabajados, fijados como “FALTA” por la empleadora, conforme se señaló en el apartado anterior, por lo que el periodo de la gestión 2013 es de 9 meses y 19 días; tiempo que determina el periodo por el que se debe calcular el aguinaldo al no haber alcanzado a un año de trabajo, debiendo tomar en cuenta que a la falta de pago de este ítem, oportunamente, corresponde el pago del doble, como sanción impuesta por la Ley de 18 de diciembre de 1944