Auto Supremo AS/0609/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0609/2015-L

Fecha: 03-Ago-2015

Si bien el error en que incurrieron los de instancia en cuanto a la admisión

Si bien el error en que incurrieron los de instancia en cuanto a la admisión y la disposición de la reivindicación contra terceros no identificados, por la vía reconvencional por duplica es evidente, se debe hacer notar que lo dispuesto en las resoluciones de instancia, sobre la reivindicación a favor del actor sobre “…sus terrenos siempre y cuando estuviesen en posesión de terceros…”, no alcanza a los demandados en el presente proceso, por tanto no se les causa perjuicio o indefensión con tal disposición, y siendo que por lo expuesto supra no se puede reconocer esta figura jurídica con la que el actor introdujo esta pretensión, su exclusión no afecta la decisión de fondo de la causa, ni representa motivo suficiente para generar la nulidad de obrados. Deviniendo en infundado el recurso de casación interpuesto por el recurrente