Auto Supremo AS/0621/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0621/2015

Fecha: 08-Sep-2015

CONSIDERANDO I

Distrito: Santa Cruz
Magistrado Relator: Dr. Pastor Segundo Mamani Villca

VISTOS: Los recursos de casación en el fondo interpuestos por José Luis Cerezo Lambertín, en representación legal de Vania Oyola Demetri a través de memorial de fs. 641 a 646 vta., en virtud de los testimonios de poder Nº 463/2012 de 13 de julio (fs. 1 a 2 vta.), 563/2012 de 3 de septiembre (fs. 3 a 4 vta.), 572/2012 de 7 de septiembre (fs. 5 a 6 vta.) y 575/2012 de 10 de septiembre (fs. 7 a 8 vta.); y, Carola Constanza Serrate Tarabillo en representación legal de Telefónica Celular de Bolivia Sociedad Anónima (TELECEL S.A.), ambos impugnando el Auto de Vista Nº 268/2014 de 26 de junio, cursante de fs. 632 a 637, pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; dentro del proceso laboral que por pago de beneficios sociales sigue Vania Oyola Dimitri y otros, contra TELECEL S.A., los Autos (fs. 656 y 687) que concedieron los recursos; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes del proceso
I.1.1. Sentencia
Tramitada la demanda interpuesta, la Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió Sentencia Nº 60 de 5 de noviembre de 2013, cursante de fs. 571 a 588 de obrados, que declaró: i) Improbada la excepción perentoria de prescripción, entendiendo que el cómputo establecido por el art. 120 de la Ley General del Trabajo (LGT) fue interrumpido por la promulgación de la Constitución Política del Estado (CPE) de 2009; ii) Probada en todas sus partes la demanda de pago de beneficios sociales, con costas, en cuyo mérito ordenó a TELECEL S.A., a través de su representante José Mario Serrate Paz Ramajo y Carola Constanza Serrate Tarabillo, paguen a tercero día de su notificación la suma de Tres Millones Novecientos Ochenta y Dos Mil Cuatrocientos Noventa y Tres 20/100 Bolivianos (Bs.3.982.493,20.-) por concepto de beneficios sociales a los actores, de acuerdo al siguiente detalle:
a)Luis Benjamín Maturana Ibáñez, Bs.125.064.-, por conceptos de desahucio, indemnización, aguinaldo, vacación, incremento salarial, primas, reintegro bono de antigüedad, horas extraordinarias y multa del 30%