Auto Supremo AS/0045/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0045/2016-RRC

Fecha: 21-Ene-2016

Ahora bien, de la revisión del precedente se tiene que en aquel proceso, la Sentencia


El control del debido proceso y la actividad jurisdiccional en casos extremos, como el presente, amerita al Supremo Tribunal abrir su competencia de oficio, con el único objeto de enmendar omisiones o errores procesales, que afecten las garantías y derechos constitucionales y pongan en riesgo el sistema procesal penal.”

Ahora bien, de la revisión del precedente se tiene que en aquel proceso, la Sentencia condenó al imputado, siendo anulada dicha resolución en apelación junto con la determinación de abrir un nuevo juicio, ante lo cual el Fiscal de Materia de Sustancias Controlas recurrió de casación, advirtiendo este Tribunal que en la parte considerativa del fallo impugnado, el Tribunal de alzada llegó a la convicción de que el imputado cuando fue detenido en la Avenida América no estaba suministrando sustancias controladas; en cuyo mérito, llegó a la conclusión de que no estaba probado el delito endilgado, advirtiendo también que la Sentencia estaba basada en los antecedentes policiales y penales del imputado, sobre todo en su condición de adicto a la droga, por lo que en el precedente se estableció la existencia de incongruencia entre la parte considerativa y la resolutiva del auto recurrido, por no guardar la simetría necesaria entre los razonamientos esbozados en la parte considerativa y la dispositiva; concluyéndose que al no haberse probado el suministro de sustancias controladas, no había necesidad de anular la Sentencia, cuando en su lugar debió dictarse nueva Sentencia resolviendo conforme la previsión del art. 413 del CPP; lo que implica, que la doctrina establecida en el precedente determinó aspectos de carácter netamente procesal, destacando una de las facultades que tiene el Tribunal de alzada en la resolución de los recursos de apelación restringida, ante la evidencia de falta de elementos de prueba respecto al delito endilgado